El Reglamento MiCA (Markets in Crypto‑Assets), vigente desde el 30 de diciembre de 2024, establece el primer marco regulatorio integral en la Unión Europea para regular la emisión, oferta y negociación de criptoactivos, con un fuerte enfoque en la protección de los inversores. A nivel español, la CNMV lidera su implementación y ha aprobado un periodo transitorio de adaptación hasta el 30 de diciembre de 2025, acortando el margen previsto de 18 meses.

MiCA exige que todos los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) y emisores de tokens estén autorizados por autoridades europeas, lo que incluye requisitos estrictos de solvencia, gobernanza y ciberseguridad. Se obliga la publicación de un white paper transparente que detalle riesgos y características, y se impone responsabilidad legal en caso de información engañosa.
Además, la regulación prohíbe prácticas de manipulación de mercado o publicidad abusiva, e introduce límites prudenciales obligatorios para ciertos tokens referenciados o de tipo dinero electrónico. En España, la CNMV ya ha alineado su normativa publicitaria nacional con MiCA, eliminando requisitos previos de notificación para campañas masivas. Esto mejora coherencia y reduce fragmentación regulatoria.

En resumen, MiCA representa un cambio sustancial en la protección del inversor: aporta transparencia, responsabilidad y supervisión uniforme en toda la UE. A pesar de los posibles costes de cumplimiento para el sector, promueve un mercado más profesional y confiable que favorece la participación de inversores minoristas de forma segura. Incluso bancos como BBVA han destacado cómo MiCA depura proveedores sin bases sólidas y eleva la gobernanza y las garantías para el público.

